La Corte Suprema deja firme la paralización de obras de un proyecto inmobiliario irregular en Puerto Varas

Comparte esta noticia con tus amigos 

Facebook
WhatsApp
Email
X
LinkedIn

Resumen generado automáticamente con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por Mirada Sur.

La Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de queja presentado por Agrícola y Ganadera Aitué Limitada e Inmobiliaria Tres Puentes SpA, dejando firme la paralización de obras, la obligación de regularización y la multa impuesta por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. El proyecto operaba en un predio de más de 130 hectáreas en el sector La Laja sin los permisos que exige la normativa urbanística vigente.

La Corte Suprema puso punto final a una disputa judicial iniciada en 2022, cuando la Dirección de Obras Municipales de Puerto Varas detectó en el sector La Laja un proyecto de desarrollo inmobiliario residencial que se ejecutaba en suelo rural sin los permisos exigidos por la Ley General de Urbanismo y Construcciones. En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de queja presentado por las empresas involucradas y dejó firme la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que ordenó la paralización de las obras, su regularización en un plazo determinado y el pago de una multa.

Cómo se originó el caso

El conflicto comenzó con un proyecto de subdivisión agrícola desarrollado en un predio de más de 130 hectáreas en el sector La Laja de Puerto Varas, aprobado originalmente por el Servicio Agrícola y Ganadero conforme al Decreto Ley N°3.516 sobre división de predios rústicos. Sin embargo, durante una fiscalización realizada en mayo de 2022 por la Dirección de Obras Municipales, en conjunto con el Consejo de Defensa del Estado y otros organismos del Estado, se constató que en el predio se ejecutaban obras y construcciones propias de un desarrollo inmobiliario residencial, actividad que requería permisos que las empresas no habían solicitado.

La Dirección de Obras ordenó la paralización de los trabajos y posteriormente formuló denuncia ante el Juzgado de Policía Local de Puerto Varas. En primera instancia, el tribunal absolvió a los denunciados, argumentando que no existía infracción y que el organismo municipal carecía de competencia sobre terrenos rurales. Esa decisión fue apelada y la Corte de Apelaciones de Puerto Montt la revocó íntegramente, acogiendo la denuncia e imponiendo las sanciones.

Lo que argumentaron las empresas y por qué la Suprema lo rechazó

Ante el fallo de la Corte de Puerto Montt, Agrícola y Ganadera Aitué Limitada e Inmobiliaria Tres Puentes SpA interpusieron recurso de queja ante la Corte Suprema, alegando que el proyecto se ajustaba a la normativa sobre subdivisión de predios rústicos y que no requería permisos de urbanización. También cuestionaron la competencia de la Dirección de Obras para intervenir en suelo rural y la valoración de la prueba realizada por los jueces, además de plantear falta de legitimación pasiva de una de las sociedades involucradas.

La Corte Suprema concluyó que los jueces de la Corte de Apelaciones actuaron dentro de sus facultades al interpretar las normas aplicables y valorar los antecedentes del proceso, sin que se configure una actuación arbitraria o ilegal. El tribunal recordó que el recurso de queja es un mecanismo extraordinario destinado a corregir faltas o abusos graves que consistan en errores manifiestos de hecho o de derecho, condición que no se cumplió en este caso. Las discrepancias planteadas por las empresas fueron calificadas como diferencias de interpretación jurídica, materia que admite distintas posiciones y que por sí sola no constituye falta o abuso susceptible de corrección disciplinaria.

El máximo tribunal sostuvo que la sentencia cuestionada se fundó en la infracción de los artículos 55 y 116 en relación con el artículo 20 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, al acreditarse el desarrollo de un proyecto inmobiliario que excedía con creces las excepciones permitidas para construir en suelo rural, validando además que la Dirección de Obras Municipales actuó dentro de sus atribuciones al denunciar los hechos.

El contexto: Puerto Varas y la presión inmobiliaria sobre el suelo rural

El fallo se enmarca en un problema territorial que la Municipalidad de Puerto Varas viene enfrentando con sistematicidad desde 2022. Solo durante el año 2021 se registraron cerca de seis mil nuevas parcelaciones en la comuna, completamente al margen de toda planificación. En mayo de 2022, el municipio decretó la paralización de cuatro proyectos inmobiliarios rurales simultáneos —Petrohue River Side, Indanmapu, Parque Huillín y Parque Bosques Inundados— en un operativo coordinado con el CDE, el SII, el SAG, el MINVU y CONAF, que fiscalizó en terreno más de diez proyectos.

El alcalde Tomás Gárate advirtió que el fenómeno tampoco considera variables ambientales, instalándose en zonas de riesgo volcánico o en áreas de alto valor ecológico, generando loteos irregulares, contaminación de aguas subterráneas y presión sobre recursos hídricos escasos. Con el fallo de la Suprema que ratifica la paralización en La Laja, el municipio consolida jurisprudencia a su favor en la defensa del suelo rural frente a proyectos que operan fuera de la planificación territorial vigente.