Corte Suprema confirma destitución de funcionaria de salud en Futrono

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Resumen generado automáticamente con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por Mirada Sur.

La Tercera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de protección presentado por una trabajadora de la salud municipal de Futrono y dejó firme su desvinculación, tras acreditarse un uso indebido de licencia médica.

El fallo, fechado el 27 de febrero de 2026, revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia y respaldó el sumario, al concluir que no hubo ilegalidad ni arbitrariedad en el procedimiento.

La Corte Suprema confirmó la destitución de una funcionaria perteneciente a la dotación de salud municipal de Futrono, al rechazar el recurso de protección con el que buscaba anular la sanción disciplinaria aplicada por la administración comunal. La decisión dejó firme su desvinculación y cerró, por la vía constitucional, el intento de revertir el resultado de un sumario administrativo por uso indebido de licencia médica.

El pronunciamiento corresponde a un fallo fechado el 27 de febrero de 2026. En esa resolución, la Tercera Sala del máximo tribunal determinó revocar la sentencia que previamente había dictado la Corte de Apelaciones de Valdivia y, en su lugar, desestimar la acción presentada por la trabajadora.

Según se desprende del fallo, la sanción disciplinaria se originó luego de acreditarse que la funcionaria utilizó una licencia médica en forma indebida, lo que fue calificado como una falta grave al principio de probidad administrativa. Ese estándar, recordó la sentencia, exige a quienes desempeñan funciones públicas una conducta intachable y un ejercicio honesto del cargo.

La resolución detalla que la conducta reprochada consistió en “hacer uso indebido de una licencia médica para fines particulares, como lo es un viaje fuera del territorio nacional, ajeno a la finalidad que el reposo contemplaba”. Para el tribunal, esta acción además implicó obtener beneficios económicos asociados al reposo médico sin cumplir su propósito.

En términos comunitarios, el caso vuelve a poner sobre la mesa una preocupación recurrente en los servicios municipales y, particularmente, en la salud local: el impacto que tiene el uso irregular de licencias en equipos que suelen operar con dotaciones ajustadas. Más allá de la situación individual, este tipo de conductas afecta la confianza en la gestión pública y tensiona la continuidad de la atención, especialmente en comunas donde cada turno y reemplazo cuenta.

Probidad y sanción aplicable

El máximo tribunal sostuvo que el uso indebido de licencia médica vulnera de manera grave el principio de probidad que deben observar los funcionarios públicos. Ese principio, remarcó, obliga a privilegiar el interés general por sobre el particular, y a mantener un desempeño honesto en el ejercicio de la función.

En esa línea, la Corte Suprema también abordó el marco normativo que respalda la decisión adoptada por la administración comunal. La sentencia señala que la medida disciplinaria de destitución está contemplada en el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales cuando los hechos configurados constituyen una infracción grave al principio de probidad administrativa.

El fallo, además, no se limitó a evaluar la falta atribuida, sino que revisó el proceso por el cual se llegó a la sanción. En su análisis, la Corte concluyó que el procedimiento administrativo disciplinario se desarrolló conforme a la normativa vigente y con respeto al derecho a defensa de la funcionaria, un punto clave en este tipo de controversias.

Qué revisa un recurso de protección

Otro de los elementos centrales de la resolución es la delimitación del rol del recurso de protección. El tribunal recordó que esta acción constitucional no está diseñada para revisar el mérito del sumario ni para ponderar la proporcionalidad de la sanción, sino para verificar si existió vulneración de garantías fundamentales en el actuar de la autoridad.

En este caso, la Tercera Sala concluyó que no se detectaron ilegalidades ni arbitrariedades durante la tramitación del sumario administrativo que justificaran acoger la acción constitucional. Por lo mismo, al rechazar el recurso, el tribunal terminó validando el procedimiento y la consecuencia disciplinaria aplicada.

Con esta decisión, la Corte Suprema dejó firme la destitución aplicada por la Municipalidad de Futrono. Hacia adelante, el fallo marca un precedente relevante en cuanto a los límites del recurso de protección en materias disciplinarias y reafirma que, cuando el sumario se ajusta a la normativa y resguarda el derecho a defensa, la revisión constitucional se concentra en eventuales afectaciones de garantías fundamentales y no en reabrir el fondo de la sanción.