Contraloría valida norma que da un año extra sin revisión técnica

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Resumen generado automáticamente con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por Mirada Sur.

La Contraloría tomó razón del cambio normativo que amplía el plazo para la revisión técnica en autos y motos nuevas.

La medida otorga un año adicional antes del primer control, elevando de 36 a 48 meses la exigencia inicial. El beneficio regirá para vehículos inscritos desde la publicación del decreto en el Diario Oficial.

Un cambio normativo que ya cuenta con la toma de razón de la Contraloría General de la República permitirá que determinados vehículos circulen por más tiempo sin pasar por plantas de revisión. Se trata de una modificación que entrega 12 meses adicionales antes de exigir la primera revisión técnica a propietarios de autos y motocicletas nuevas, lo que se traduce en menos trámites y menores costos asociados para los usuarios.

De acuerdo con lo establecido en la normativa visada por Contraloría, el beneficio aplica a autos o motocicletas nuevas. En la práctica, esto significa que quienes compren un vehículo de estas características tendrán un margen mayor para cumplir con la obligación, al postergarse el momento en que corresponde efectuar el primer control técnico.

La medida fue oficializada luego de que el órgano contralor realizara la toma de razón de la modificación, un paso administrativo que permite que decretos y normas sigan su curso formal. Con ello, el cambio queda habilitado para su aplicación una vez que se cumpla el hito legal que fija su entrada en vigencia.

Qué vehículos quedan con un año adicional

La modificación normativa contempla que el año extra para la revisión técnica se extienda a los dueños de autos o motocicletas nuevas. En términos concretos, el ajuste agrega 12 meses al plazo que existía para circular antes de realizar la primera revisión.

El cambio apunta a quienes adquieren vehículos nuevos y se incorporan al parque automotor por primera vez con esa unidad. Con ello, el periodo inicial sin revisión se amplía y, según lo informado en la propia actualización, el beneficio se expresa como ahorro de tiempo y reducción de gastos para los automovilistas.

En línea con esa definición, el foco está puesto en el primer trámite asociado a la revisión técnica, sin alterar lo que ocurre después con las exigencias periódicas que correspondan. La medida, en todo caso, se describe como una extensión del plazo inicial y no como una eliminación permanente del control.

Qué cambia en los plazos y desde cuándo rige

El efecto más directo del ajuste es el nuevo rango de exigencia para la primera revisión técnica. La modificación implica eximir a autos o motocicletas nuevas de realizar este trámite por un período inicial que se extiende de 36 a 48 meses. Es decir, el plazo base se incrementa en un año completo.

La aplicación de esta norma no es retroactiva, ya que queda asociada al momento en que los vehículos quedan formalmente inscritos. Según lo señalado, la modificación se aplicará a los vehículos nuevos inscritos en el Registro Civil desde la publicación del decreto en el Diario Oficial.

Esto significa que el punto de partida para acceder al año extra de revisión técnica depende de esa publicación oficial, que es la que activa la vigencia del decreto. A partir de ese momento, los vehículos nuevos que se inscriban podrán quedar cubiertos por el nuevo plazo de 48 meses antes de realizar la primera revisión.

Con la toma de razón ya concretada por Contraloría, la implementación queda sujeta a la publicación del decreto en el Diario Oficial, hito que determinará desde cuándo se contabiliza el beneficio para los vehículos nuevos inscritos en el Registro Civil y, con ello, el nuevo calendario de revisión técnica para sus propietarios.

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