La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó la solicitud de desafuero presentada por el senador por la Región de Los Lagos, Fidel Espinoza (PS), en contra del diputado Daniel Manouchehri (PS), en una controversia originada durante la acusación constitucional contra el exministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Antonio Ulloa. La acción apuntaba a los dichos en que el diputado calificó de “corrupto” al senador y a posteriores declaraciones sobre supuestas amenazas tras una discusión en el Congreso.
El requerimiento se presentó luego de la intervención de Manouchehri en el debate de la acusación constitucional y de que, posteriormente, el parlamentario denunciara públicamente que Espinoza lo habría amenazado con agredirlo físicamente. Con esos antecedentes, el pleno del tribunal analizó si correspondía o no acceder al desafuero, paso necesario para habilitar una eventual persecución penal por delitos como injurias cuando se trata de autoridades con fuero.
En su resolución, la Corte concluyó que la expresión utilizada por el diputado se emitió en el contexto del ejercicio de sus funciones parlamentarias. El fallo situó esos dichos en el marco de su intervención durante la tramitación de la acusación constitucional contra Antonio Ulloa, proceso que más tarde terminó con la destitución del entonces magistrado por sus vínculos con el denominado caso Hermosilla.
Sobre el segundo punto, relativo a las declaraciones acerca de supuestas amenazas, el tribunal estimó que el diputado se limitó a relatar hechos que, según su apreciación, ocurrieron en la discusión. Para la Corte, esa conducta se enmarca en el derecho de cualquier persona a denunciar situaciones que considera eventualmente constitutivas de un delito.
La Corte: inviolabilidad parlamentaria y falta de relevancia penal
El fallo consolidó su decisión al sostener que no se cumplían los requisitos exigidos para retirar el fuero. En su razonamiento, el tribunal distinguió entre las expresiones pronunciadas durante la actividad parlamentaria, susceptibles de quedar cubiertas por la inviolabilidad, y aquellas manifestaciones que, aun generando controversia pública, no alcanzan entidad suficiente para configurar un ilícito penal.
En ese sentido, la resolución consignó de manera literal que “es posible concluir que no se reúnen en el presente caso las exigencias necesarias y suficientes para acceder al desafuero solicitado en ninguno de sus extremos, puesto que una de las conductas denunciadas como delito se encuentra amparada por la inviolabilidad parlamentaria y la otra, aunque pudiera generar cierto descrédito, no alcanza, por la forma en que se desencadenaron los hechos ni por cómo estos se dieron a conocer, la significación jurídico-penal necesaria para considerar justificada la existencia del delito de injurias, por lo que deberá desestimarse”.
Con esa evaluación, la Corte de Valparaíso desestimó la solicitud en ambos aspectos: el calificativo dirigido a Espinoza en el fragor de la discusión legislativa y la denuncia posterior sobre presuntas amenazas.
Voto disidente y reacción del diputado
La decisión no fue unánime. Según se expuso en la resolución, dos ministras estuvieron por acoger parcialmente el requerimiento, al considerar que el calificativo de “corrupto” se habría emitido durante una suspensión de la sesión, por lo que, a su juicio, no quedaba protegido por la inmunidad parlamentaria y sí podía constituir una injuria.
Pese a esa postura minoritaria, la mayoría se inclinó por rechazar el desafuero, con lo que Daniel Manouchehri mantiene su fuero parlamentario. La determinación cierra, por ahora, el intento de habilitar una vía penal a partir de este episodio y fija un criterio sobre el marco en que se desarrollaron los hechos, especialmente por su vínculo con una acusación constitucional.
Tras conocer la resolución, el diputado reaccionó valorando el fallo. En declaraciones difundidas luego del pronunciamiento, Manouchehri afirmó que “las acciones que hemos impulsado han permitido destituir a tres jueces vinculados a la corrupción. Eso ha sido bueno para Chile”.
El caso se originó en un choque interno entre militantes del mismo partido, con un senador que representa a la Región de Los Lagos y un diputado que participaba activamente en la acusación constitucional contra Antonio Ulloa. Con el rechazo del tribunal, el desafuero Manouchehri queda descartado en esta etapa y el diputado conserva la protección del fuero parlamentario.











