El Juzgado de Letras de Puerto Aysén condenó a un armador inscrito en la Región de Los Lagos al pago de 72 unidades tributarias mensuales (UTM) en multas, equivalentes a más de $5.100.000, por una serie de infracciones a la Ley General de Pesca y Acuicultura vinculadas a faenas de extracción realizadas en aguas de Aysén sin las autorizaciones correspondientes y en condición de reincidencia.
De acuerdo con lo resuelto por el tribunal, la sanción se aplicó por efectuar pesca extractiva en la zona sin autorización para hacerlo como reincidente; por no presentar información sobre las operaciones realizadas; y por obstaculizar el trabajo fiscalizador de los equipos del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Sernapesca.
Los hechos que derivaron en la sentencia se remontan a agosto de 2024. En esa fecha, durante una fiscalización aérea, se detectó a una embarcación realizando faenas extractivas en las cercanías de la isla Ipún. En el sobrevuelo se observó a un buzo en la cubierta de la nave, carga de erizo a bordo y dos tripulantes.
Según los antecedentes del caso, la embarcación mantenía su nombre cubierto con mallas y además se encontraba en huida, lo que, de acuerdo con la autoridad fiscalizadora, buscaba dificultar el control en terreno y la identificación durante el procedimiento.
Operación sin autorización y exigencias del Convenio de Zonas Contiguas
La resolución también se relaciona con el cumplimiento del Convenio de Zonas Contiguas, mecanismo que regula el ingreso y operación de agentes pesqueros entre regiones. En este caso, al estar la nave inscrita en la Región de Los Lagos, el armador debía solicitar autorización a Sernapesca para ingresar a la Región de Aysén y realizar faenas extractivas.
Ese trámite es obligatorio para los agentes pesqueros de Los Lagos que operan en la zona contigua, precisamente para asegurar el cumplimiento de la normativa y la trazabilidad de las actividades. En la fiscalización de agosto de 2024, se constató que dicha autorización no había sido solicitada.
A lo anterior se sumó que la embarcación no mantenía autorización de zarpe vigente el día de la inspección. Eso implicaba, según se estableció en el proceso, que la nave no contaba con permisos para navegar ni para ejecutar pesca extractiva en Aysén.
En el mismo expediente se consideró que el armador no registró información del desembarque con posterioridad al vuelo de fiscalización, incumpliendo la obligación establecida en la Ley General de Pesca y Acuicultura, que exige que la entrega de información se realice de forma simple, completa, fidedigna y oportuna.
Sernapesca destaca respaldo judicial a la fiscalización en Aysén
Tras conocerse el fallo, la directora regional de Sernapesca en Aysén, Daniela Leiva, valoró la decisión del tribunal y la interpretó como un respaldo a la labor institucional de control en el territorio.
“Esta decisión representa un respaldo a la permanente labor de control y fiscalización institucional que se hace del cumplimiento de la normativa pesquera. En este sentido, Sernapesca juega un rol importante con el uso de medios aéreos y tecnología de punta en los controles, financiada por el Gobierno Regional. Seguiremos con las fiscalizaciones en la zona, atendiendo y verificando la situación de las operaciones de pesca en zonas contiguas, junto con las instituciones de la Red Sustenta”, señaló.
La sentencia del Juzgado de Letras de Puerto Aysén se suma a las acciones de fiscalización que buscan reforzar el cumplimiento de las reglas en áreas de alta presión extractiva, especialmente en operaciones vinculadas a la extracción de recursos como el erizo. En este caso, la sanción recayó en un armador proveniente de Los Lagos, región desde donde deben gestionarse los permisos cuando se pretende operar legalmente en Aysén bajo el régimen de zonas contiguas.
Con el fallo, el tribunal estableció el pago de las multas por las infracciones acreditadas, cerrando el proceso judicial a partir de los antecedentes levantados en la fiscalización aérea y las obligaciones incumplidas por el agente pesquero.









