El Tribunal Laboral de Osorno acogió una acción por vulneración de derechos fundamentales presentada por la profesora Francisca González contra la Municipalidad de Osorno, ordenando su reincorporación inmediata a la Escuela de México y el pago de una indemnización por daño moral de $10.000.000.
El fallo fue dictado por la magistrada María Ángel Cabrera, quien concluyó que el traslado de la docente no contaba con una causa legal que lo sustentara. En la resolución, el tribunal sostuvo que el municipio no aportó los antecedentes técnicos-pedagógicos exigidos por el artículo 22 del Estatuto Docente para justificar una destinación de este tipo.
Según se expuso en el proceso, la controversia se originó a partir de una resolución de un Tribunal de Familia que ordenaba un distanciamiento entre la profesora y una de sus hijas, estudiante del establecimiento. De acuerdo con lo planteado en la sentencia, la dirección del plantel habría aplicado un criterio extensivo y arbitrario de esa medida, lo que terminó impidiendo indebidamente que la profesional ejerciera sus funciones académicas en el lugar.
Los antecedentes judiciales consignaron que la profesora habría enfrentado un prolongado acoso laboral, con episodios que incluyeron la privación de sus funciones y la exposición pública de su situación durante un consejo de profesores. Ese conflicto, siempre conforme a lo acreditado en el juicio, derivó en un traslado sin su consentimiento, visado a fines de 2024 y materializado en mayo de 2025.
El tribunal cuestionó la falta de justificación del traslado
En su análisis, el Tribunal Laboral de Osorno determinó que la destinación carecía de respaldo legal, al no acompañarse los documentos y fundamentos requeridos por la normativa docente. El pronunciamiento estableció que, tratándose de una medida que afecta las condiciones del trabajo y la trayectoria de una profesional de la educación, la decisión debía estar debidamente motivada y fundada en criterios objetivos, lo que no se acreditó durante la tramitación.
La sentencia también dio por acreditada la afectación a la integridad psíquica de la trabajadora, considerando peritajes psicológicos y licencias médicas incorporadas al proceso. En ese punto, el tribunal vinculó lo ocurrido con la protección de garantías constitucionales contenidas en el artículo 19 de la Constitución Política, ordenando medidas reparatorias.
Como consecuencia, la magistratura dispuso no solo el retorno de la docente a su función original en la Escuela de México, sino además el pago de $10.000.000 por concepto de daño moral, en atención a los efectos que la situación habría provocado en la trabajadora.
El municipio puede recurrir a la Corte de Apelaciones de Valdivia
Tras conocerse la resolución, la defensa de la profesora, encabezada por el abogado Jaime Gallardo, valoró el dictamen y lo calificó como un precedente relevante para el ámbito educativo local. Desde esa perspectiva, se sostuvo que la sentencia fija un límite a las facultades de destinación, estableciendo que cualquier decisión de traslado debe contar con fundamentos técnicos y evitar desvíos de poder.
En el plano procesal, el fallo dejó abierta la posibilidad de impugnación. La Municipalidad de Osorno cuenta con un plazo legal —que, según lo informado en la causa, vence este jueves de junio de 2026— para interponer un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Valdivia.
Si no se presenta ese recurso dentro del plazo, la administración comunal deberá cumplir lo resuelto por el Tribunal Laboral de Osorno: concretar la restitución de la docente a sus labores originales en la Escuela de México y pagar el monto fijado por daño moral, en el marco de esta demanda profesora Osorno.
El caso, tramitado en la jurisdicción laboral de Osorno, queda ahora a la espera de la definición municipal sobre si recurrirá ante el tribunal de alzada en Valdivia o si procederá al cumplimiento de la sentencia en los términos establecidos.










