Condenan a exsargento de la Armada a cuatro años por violación en Valdivia

Imagen de contexto

Comparte esta noticia con tus amigos 

Facebook
WhatsApp
Email
X
LinkedIn

Resumen generado automáticamente con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por Mirada Sur.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia condenó a un exsargento por violación de una funcionaria tras una actividad institucional.

La sentencia, por 4 años de presidio, se dictó por hechos ocurridos en diciembre de 2022 y no contempla penas sustitutivas. El caso por violación Armada Valdivia aún puede ser impugnado ante tribunales superiores.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia condenó a un exsargento de la Armada de Chile a 4 años de presidio, tras declararlo culpable del delito de violación en contra de una funcionaria de la misma institución. Los hechos, según se estableció en el juicio, ocurrieron en la capital regional de Los Ríos durante la noche del 7 y la madrugada del 8 de diciembre de 2022, luego de una celebración asociada a una ceremonia de ascenso.

La sentencia fue dictada luego de un juicio oral que se extendió por una semana, periodo en el que el tribunal dio por acreditada la responsabilidad penal del uniformado por una agresión sexual cometida en el domicilio del condenado. El caso, que se enmarca en una investigación por violación Armada Valdivia, quedó con una pena de cumplimiento efectivo, sin posibilidad de sustitución.

De acuerdo con los antecedentes expuestos en el proceso judicial, la acusación sostuvo que el condenado se aprovechó del estado de ebriedad en que se encontraba la víctima para trasladarla hasta su domicilio. Una vez allí, según se acreditó en el juicio, la mujer permanecía dormida e incapacitada para oponer resistencia debido a su condición, circunstancia en la que se concretó la agresión sexual.

Al comunicar el veredicto y la pena, la jueza María Soledad Santana señaló que el acusado fue condenado en calidad de autor del delito de violación de una persona mayor de 14 años.

La sentencia: pena efectiva y sin beneficio

En audiencia, la magistrada dio lectura a la decisión del tribunal y precisó el marco legal aplicado en la condena. “Se declara que, primero: se condena a la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, en calidad de autor del delito de violación de mayor de 14 años, previsto y sancionado en el artículo 361 número 2 del Código Penal”, indicó.

El tribunal resolvió además que la pena deberá cumplirse íntegramente. Según se informó en la lectura de sentencia, no se establecieron circunstancias que permitieran rebajar la sanción, ni se reunieron los requisitos para acceder a penas sustitutivas, por lo que el exsargento deberá cumplir la condena de manera efectiva.

Pese a la condena, la resolución no se encuentra firme ni ejecutoriada, ya que corresponde a una sentencia de primera instancia. En ese escenario, la defensa mantiene abiertas las vías recursivas que contempla la legislación para impugnar el fallo ante tribunales superiores.

Antecedentes del caso y desvinculación de la institución

Entre los elementos que se mencionaron en los antecedentes de la denuncia, también se describió el contexto previo a la agresión. De acuerdo con esa versión incorporada durante el proceso, la situación ocurrió tras la realización de un denominado “rito de promoción”, una actividad vinculada a la ceremonia, que habría incluido penitencias de carácter militar, una simulación de culto a Neptuno y la ingesta de una mezcla de bebidas alcohólicas preparada por superiores jerárquicos.

Según lo expuesto en la denuncia, ese consumo habría derivado en que la víctima terminara en un estado de inconciencia. En ese contexto, la acusación apuntó a que el condenado se valió de la situación de vulnerabilidad en que se encontraba la funcionaria para cometer el delito.

En paralelo al avance del caso penal, el condenado fue dado de baja de la Armada de Chile. La desvinculación, de acuerdo con lo informado en los antecedentes del caso, se formalizó el 19 de junio.

Con la sentencia ya comunicada en Valdivia, el proceso queda a la espera de lo que ocurra con los eventuales recursos que se presenten ante instancias superiores. Mientras tanto, la condena establece una pena de presidio efectivo por los hechos acreditados durante el juicio oral.

De acuerdo con el principio de presunción de inocencia, toda persona imputada es considerada inocente mientras no exista una sentencia condenatoria firme.