La Cuarta Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de aclaración interpuesto por la Asociación Gremial de Productores de Leche de la Región de Los Ríos (Aproval) contra The Not Company SpA (NotCo), confirmando que el término «milk» no está comprendido dentro de las expresiones prohibidas por el fallo de reemplazo dictado el 11 de mayo de 2026. Con esta resolución, el máximo tribunal zanja la última controversia de una disputa judicial que se extendió por más de cinco años y que nació en Valdivia.
El gremio lechero había solicitado que el tribunal precisara si la palabra «milk» —traducción directa de «leche» al inglés y el término más visible del envase de NotMilk— quedaba o no vedada por la condena de mayo. La Suprema respondió que la sentencia fue adoptada en el marco de la Ley N° 20.169 sobre competencia desleal, mientras que las reglas sobre marcas comerciales y propiedad industrial se rigen por legislación distinta, de manera que Aproval puede ejercer sus derechos ante la sede que corresponda, pero la aclaración solicitada fue rechazada.
La batalla de cinco años entre Valdivia y Santiago
El conflicto se originó en diciembre de 2020, cuando Aproval demandó a NotCo alegando que el producto NotMilk inducía a confusión a los consumidores y desprestigiaba la leche tradicional de origen animal, en particular mediante publicidad que incluía una vaca tachada y frases como «le sacamos la vaca a la leche» o «sabe como leche y se cocina como la leche, pero NOT». En mayo de 2023, el 1° Juzgado de Letras de Valdivia condenó a NotCo por competencia desleal y prohibió el uso de la marca NotMilk. La Corte de Apelaciones de Valdivia revirtió ese fallo en 2024, rechazando la demanda al considerar que los hechos no constituían competencia desleal. Fue la Corte Suprema quien, el 11 de mayo de 2026, invalidó de oficio la sentencia de la Corte valdiviana y dictó fallo de reemplazo acogiendo parcialmente la demanda de Aproval.
Ese fallo de mayo ordenó a NotCo el cese y la prohibición del uso —tanto en envases como en material publicitario— de la palabra «leche» o de cualquier rotulado, dibujo o imagen propios de la industria lechera. El tribunal tuvo en cuenta que estudios incorporados al proceso mostraban que el 65% de los consumidores confundía NotMilk con leche de origen animal. Sin embargo, la Suprema no acogió el pedido de Aproval de prohibir la marca NotMilk en su totalidad, preservando el activo comercial central de la empresa.
Alcances del fallo y próximos pasos para ambas partes
El CEO de NotCo, Matías Muchnick, reaccionó al fallo de mayo señalando que la marca seguiría intacta y que varios de los elementos cuestionados —como la vaca tachada en el envase y la comercialización del producto en las góndolas lácteas de supermercados— ya habían sido eliminados con anterioridad a la sentencia. La resolución de aclaración de esta semana no modifica nada de esa situación: NotCo mantiene el nombre NotMilk, mantiene el término «milk» visible en sus productos, y solo está obligada a retirar la palabra «leche» en español y cualquier imagen o simbología propia de la industria láctea.
Para Aproval, el gremio que agrupa a productores de la Región de Los Ríos —una de las zonas con mayor concentración de lecherías del país—, la resolución deja abierta la vía de la propiedad industrial para continuar cuestionando el uso de «milk» en sede distinta, si así lo decide. La disputa pone en el centro de la escena un debate regulatorio que se replica en mercados de todo el mundo: hasta dónde pueden las empresas de alimentos de origen vegetal utilizar denominaciones del mundo lácteo sin incurrir en engaño al consumidor, y quién tiene competencia para zanjar esa frontera.









