El Juzgado de Garantía de Temuco decretó este jueves la medida cautelar de prisión preventiva para Carlos Esteban Cancino Tapia, imputado como autor de delitos consumados y frustrados vinculados al homicidio del carabinero Eugenio Sebastián Naín Caniumil, ascendido póstumamente al grado de suboficial, en hechos ocurridos en 2020 en la Ruta 5 Sur.
La resolución se adoptó durante la audiencia de formalización de la causa Rol 10.338-2020. En ella, la magistrada Caroline Guzmán Muñoz ordenó el ingreso del imputado a prisión, al considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
En la misma audiencia, el tribunal resolvió mantener el plazo de investigación ya fijado en la causa, el cual se encuentra vigente hasta el 15 de agosto, según se informó en la instancia judicial.
De acuerdo con los antecedentes expuestos por el Ministerio Público, los hechos investigados se remontan a las 09:45 horas aproximadamente del 30 de octubre de 2020, cuando un grupo de sujetos se movilizó a bordo de un vehículo marca Renault Clio con la intención de instalar una barricada e “interactuar con personal policial” en la Ruta 5 Sur.
Los hechos en la Ruta 5 Sur y el ataque a Carabineros
Según la imputación, el grupo —previamente concertado— se dirigió al kilómetro 682 de la Ruta 5 Sur, en el sector La Cantera de Metrenco, comuna de Padre Las Casas, para interrumpir el tránsito. Entre sus integrantes se encontraba el sentenciado Luis Kallfukucán Tranamil Nahuel, junto a los imputados Francisco Javier Painevilo Maldonado, quien ya se mantiene en prisión preventiva, y Carlos Esteban Cancino Tapia.
En ese punto, y mientras se desarrollaba la interrupción del tránsito, el grupo habría atacado con disparos a un camión marca Volvo, impactando tiros en el parabrisas y el radiador. El conductor del vehículo de carga no se detuvo y consiguió alejarse del lugar, siempre según la exposición del Ministerio Público.
Luego, continuaron con la instalación de neumáticos en la vía pública, los rociaron con un líquido acelerante y les prendieron fuego. Con ello, de acuerdo con los antecedentes de la investigación, lograron impedir la normal circulación vehicular en la Ruta 5 Sur.
Ante la contingencia, personal de Carabineros concurrió al lugar en la radiopatrulla 2695 con el objetivo de dispersar a los manifestantes, restablecer el tránsito y mantener el orden público. El vehículo policial era conducido por el cabo segundo Eugenio Sebastián Naín Caniumil, quien iba acompañado por el comandante Cristián Fernández Opazo.
Disparos, herida mortal y delitos formalizados
La Fiscalía sostuvo que, al llegar al sitio de los hechos, los funcionarios fueron atacados con armas de proyectil único y múltiple, incluidas escopetas. En ese contexto, se imputó a Carlos Esteban Cancino Tapia haber percutido el disparo que hirió al cabo segundo Naín.
El ataque derivó en un enfrentamiento armado luego de que el comandante Cristián Fernández Opazo descendiera del radiopatrulla para repeler la agresión atribuida al grupo.
Como consecuencia de los disparos, Eugenio Sebastián Naín Caniumil resultó con una herida penetrante torácica, complicada con lesión pulmonar. El funcionario falleció mientras recibía atención médica en el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena de Temuco.
En la formalización, el imputado quedó bajo investigación como autor de los delitos consumados de homicidio de carabinero en servicio y disparos injustificados, además de homicidio de carabinero y homicidio simple frustrados, en el marco de los hechos que sustentan la causa por el homicidio Eugenio Naín.
Con la medida cautelar ya decretada, la investigación continuará dentro del plazo vigente hasta el 15 de agosto, mientras el imputado permanece privado de libertad por decisión del Juzgado de Garantía de Temuco.
De acuerdo con el principio de presunción de inocencia, toda persona imputada es considerada inocente mientras no exista una sentencia condenatoria firme.









