Senado despacha proyecto que restringe armas a denunciados por violencia intrafamiliar

Comparte esta noticia con tus amigos 

Facebook
WhatsApp
Email
X
LinkedIn

Resumen generado automáticamente con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por Mirada Sur.

El Senado aprobó en particular y envió a la Cámara el proyecto que limita el acceso a armas en casos de violencia intrafamiliar.

La iniciativa modifica las leyes 20.066 y 19.968, obliga a dictar prohibiciones de porte y tenencia en tribunales de familia y establece medidas adicionales cuando existan condenas, suspensiones del procedimiento o indicios de armas no inscritas.

El Senado dejó en condiciones de ser revisado por la Cámara de Diputadas y Diputados el proyecto de ley que busca restringir el acceso a armas de fuego a personas condenadas, procesadas o vinculadas a causas por violencia intrafamiliar. La iniciativa fue despachada en particular por la Sala, por lo que ahora avanzará a su tercer trámite legislativo, con cambios a la Ley 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar y a la Ley 19.968 que crea los Tribunales de Familia.

El objetivo del proyecto es reforzar la protección de las víctimas, reduciendo el riesgo de agresiones graves en contextos de violencia doméstica a través de prohibiciones más estrictas para la tenencia y el porte de armas cuando existan antecedentes o procedimientos judiciales asociados a violencia intrafamiliar. La propuesta apunta a que, en estos casos, la existencia de un arma no sea un factor adicional de peligro sin control, sino un elemento que active restricciones y verificaciones obligatorias.

Tras su aprobación en particular, el texto quedó listo para continuar su tramitación en la Cámara. La discusión legislativa consideró la necesidad de fortalecer la prevención de la violencia intrafamiliar y de entregar más herramientas para la seguridad de quienes denuncian o se encuentran bajo medidas de protección.

Qué cambia en tenencia y porte de armas en causas de violencia intrafamiliar

Entre los puntos centrales, el proyecto establece que la tenencia o el porte autorizado de armas será considerado una presunción de riesgo inminente en casos de violencia intrafamiliar. Con ello, la sola existencia de un permiso vigente pasará a ser un antecedente relevante al momento de evaluar medidas de protección y cautelares, en línea con el propósito de anticipar situaciones de mayor gravedad.

El texto también contempla que los jueces de familia puedan acceder a los registros de la Dirección General de Movilización Nacional para verificar si una persona denunciada cuenta con autorización vigente para portar o tener armas. Esa posibilidad busca facilitar la toma de decisiones oportunas, evitando que el tribunal dependa únicamente de lo informado por las partes respecto de la presencia de armas.

En el evento de una sentencia condenatoria, el tribunal deberá aplicar como medida accesoria obligatoria la prohibición de tenencia y porte de armas. Además, cuando corresponda, podrá ordenar el comiso del arma y la eliminación del registro nacional respectivo, reforzando el efecto práctico de la restricción para impedir que el condenado mantenga o recupere el control del arma por vías administrativas.

Prohibiciones obligatorias durante suspensión del procedimiento y cautelares

La iniciativa incorpora medidas específicas para situaciones en que se decrete la suspensión del procedimiento. En esos casos, la persona quedaría impedida de portar o tener armas durante el tiempo que dure la suspensión, junto con la cancelación de los registros correspondientes. El proyecto añade que, si posteriormente se pretende recuperar la autorización, deberá iniciarse nuevamente el trámite administrativo, lo que supone un reinicio completo del proceso para obtener el permiso.

En el ámbito de los Tribunales de Familia, el proyecto dispone que, cuando se detecte que el ofensor posee autorización vigente bajo la Ley de Control de Armas, la medida cautelar de prohibición de tenencia y porte deberá aplicarse de manera obligatoria. El diseño busca homogeneizar criterios y asegurar que la cautelar no quede sujeta a decisiones dispares, considerando el riesgo que representan las armas en contextos de violencia intrafamiliar.

La propuesta, además, incorpora un mecanismo para activar la persecución penal cuando, a partir de una denuncia, existan indicios de posesión de armas no registradas. En ese escenario, los antecedentes deberán ser remitidos al Ministerio Público para investigar una eventual tenencia ilegal. Con ello, el proyecto no solo aborda el acceso autorizado a armas, sino que también contempla el riesgo asociado a armamento fuera de control registral.

Con su despacho desde el Senado, el proyecto quedó a la espera del debate en la Cámara de Diputadas y Diputados. En lo inmediato, su avance abre la discusión final sobre cómo aplicar prohibiciones y controles más estrictos en causas de violencia intrafamiliar, incluyendo el acceso a registros de la autoridad competente, medidas obligatorias en sede de familia y consecuencias expresas ante condenas, suspensiones del procedimiento o sospechas de armas no inscritas.

ÚLTIMAS NOTICIAS

MÁS VISTAS ESTA SEMANA