La Dirección Nacional de Gendarmería de Chile ordenó un sumario administrativo luego de que, el sábado 18 de julio de 2026, se autorizara una visita calificada como irregular al imputado Carlos Cancino Tapia, quien se encontraba bajo custodia en el Hospital Base de Valdivia. La medida apunta a esclarecer cómo se permitió la actividad y a establecer eventuales responsabilidades de jefaturas, al tratarse de un interno considerado de alto perfil.
La institución informó la decisión a través de un comunicado emitido el 22 de julio de 2026, en el que sostuvo que la determinación adoptada a nivel local quebrantó los protocolos y “puso en riesgo el dispositivo de seguridad” destinado a la custodia continua del recluso dentro del recinto asistencial. En esa misma comunicación, el nivel central calificó lo ocurrido como una “negligencia inexcusable”.
El caso se relaciona con una actividad ritual descrita como un nguillatún realizada durante la visita autorizada en dependencias del Hospital Base. Para Gendarmería, el problema no solo radica en la autorización misma, sino en el conjunto de decisiones administrativas que, según indicó, se tomaron sin cumplir con los resguardos y conductos regulares aplicables a un interno “catalogado con un alto perfil criminógeno”.
Infracciones detectadas y responsabilidades bajo investigación
El sumario administrativo busca precisar la participación de las jefaturas involucradas y determinar por qué se permitió una situación que, de acuerdo con la evaluación de la Dirección Nacional, contravino criterios de seguridad establecidos para este tipo de custodia en un recinto hospitalario.
Entre los incumplimientos señalados por la autoridad central figura la transgresión de criterios de seguridad, por el no acatamiento de medidas dispuestas para asegurar la custodia permanente del imputado, considerando su nivel de connotación pública y el carácter sensible del lugar donde estaba internado.
Además, se cuestionó la omisión de informar oportunamente al Alto Mando institucional y al Director Nacional de Gendarmería de Chile sobre la realización de la actividad ritual. La institución remarcó que esas autoridades no compartían la resolución adoptada localmente, por lo que el procedimiento disciplinario deberá aclarar por qué no se elevó la decisión antes de ejecutarla.
También se consignó una falta de notificación judicial. Según lo informado, no se entregaron a tiempo antecedentes al Juzgado de Garantía de Valdivia, lo que impidió que ese tribunal realizara gestiones para intentar revertir la autorización. Este punto se considera relevante por el rol del órgano jurisdiccional en la supervisión de aspectos vinculados a medidas y condiciones relacionadas con imputados bajo custodia.
Reacción política y derivación a la red asistencial
En paralelo al procedimiento interno, la situación escaló al ámbito político y de fiscalización. El diputado Leandro Kunstmann presentó requerimientos en la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile con el objetivo de transparentar las coordinaciones administrativas locales que permitieron la visita y la actividad realizada en el hospital.
De forma adicional, los antecedentes fueron derivados a las autoridades del Hospital Base de Valdivia y del Servicio de Salud Los Ríos. La remisión busca que la red asistencial evalúe las responsabilidades que pudieran corresponder por el uso del espacio hospitalario para la actividad, considerando que se trató de un recinto de salud y de un paciente bajo custodia penitenciaria.
El episodio dio origen a un sumario Gendarmería Valdivia que, según lo informado por la institución, pretende aclarar por qué se quebraron los protocolos de custodia en un caso de alta connotación pública. Cancino Tapia figura como imputado por los homicidios de los funcionarios de Carabineros Eugenio Naín y Marcos Cosme, por lo que las definiciones sobre sus condiciones de resguardo han sido consideradas de máxima sensibilidad.
Mientras avanza la investigación administrativa, el foco permanece en determinar responsabilidades por las decisiones adoptadas a nivel local y por las omisiones reportadas hacia el Alto Mando y el tribunal de garantía, además de la evaluación que pueda realizar la red de salud regional sobre el uso del recinto.
De acuerdo con el principio de presunción de inocencia, toda persona imputada es considerada inocente mientras no exista una sentencia condenatoria firme.









