Tribunal niega prisión preventiva a imputada por homicidio en Puerto Montt

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Resumen generado automáticamente con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por Mirada Sur.

Homicidio Puerto Montt: el Juzgado de Garantía rechazó la prisión preventiva de Lidia del Carmen Ruiz Nahuelquín (39), imputada por la muerte de su conviviente, Leonel Alejandro Coñoecar Marín.

El tribunal consideró la tesis de legítima defensa en un contexto de violencia intrafamiliar persistente y decretó arresto domiciliario total y arraigo nacional, resolución apelada por el Ministerio Público.

El Juzgado de Garantía de Puerto Montt resolvió rechazar la prisión preventiva solicitada por la Fiscalía contra Lidia del Carmen Ruiz Nahuelquín, de 39 años, imputada por la muerte de su conviviente, Leonel Alejandro Coñoecar Marín. La decisión se adoptó tras considerar la tesis de legítima defensa en un contexto de violencia intrafamiliar persistente, y fijar medidas cautelares menos gravosas mientras avanza la investigación.

El hecho por el que se formalizó a la imputada ocurrió el pasado domingo, cuando la víctima falleció luego de recibir una estocada en su brazo izquierdo. De acuerdo con los antecedentes expuestos en audiencia, Ruiz Nahuelquín se presentó voluntariamente ante la Quinta Comisaría de Carabineros y declaró su autoría en el suceso.

Durante la audiencia, el fiscal del caso, el fiscal Mario de la Fuente, pidió aplicar la medida cautelar más gravosa, sosteniendo que no existían indicios de una pelea simétrica. Para el ente persecutor, la lesión tenía carácter homicida y el fallecimiento se produjo en el lugar debido a anemia aguda.

La discusión principal ante el tribunal se centró en el relato de la dinámica de los hechos y el contexto de la relación, elementos que la defensa utilizó para sostener que la imputada actuó para proteger su vida. Ese enfoque fue clave para que el tribunal evaluara la procedencia de una cautelar distinta a la prisión preventiva.

Fiscalía sostuvo que la herida fue homicida y pidió la cautelar más gravosa

En la exposición del Ministerio Público, el fiscal Mario de la Fuente argumentó que los antecedentes no daban cuenta de una confrontación equivalente entre ambas partes. En esa línea, subrayó que la estocada en el brazo izquierdo de Leonel Alejandro Coñoecar Marín derivó en su muerte por anemia aguda en el sitio del suceso.

La Fiscalía insistió en que, con esos elementos, correspondía la prisión preventiva. La solicitud apuntó a que el tribunal considerara la gravedad del hecho y el resultado fatal como base para imponer la cautelar de mayor intensidad.

Tras la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, el Ministerio Público apeló la determinación que descartó el ingreso a la cárcel, buscando que el tribunal superior revise lo resuelto respecto de la imputada.

Defensa alegó estrangulamiento y jueza validó contexto de violencia de género

La defensa, encabezada por el defensor penal público Jorge Matzner, entregó un relato distinto al planteado por la Fiscalía. Según expuso, la mujer habría actuado para repeler un estrangulamiento, configurándose una hipótesis de legítima defensa.

El defensor penal público Jorge Matzner sostuvo además que existían causas previas por lesiones y amenazas, y que la Fiscalía había decidido no perseverar en esos antecedentes con anterioridad. Ese contexto fue presentado como parte del escenario de violencia intrafamiliar persistente que, a juicio de la defensa, enmarca el hecho investigado.

En su resolución, la jueza suplente del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, la jueza suplente Paola Barra, validó el contexto de violencia de género y sostuvo que la tesis de la defensa “pudo haber sido efectiva”. Con esa evaluación, el tribunal descartó la prisión preventiva.

Como medidas cautelares, el Juzgado de Garantía decretó arresto domiciliario total y arraigo nacional para Lidia del Carmen Ruiz Nahuelquín. La causa continúa tramitándose en Puerto Montt, con la decisión ya apelada por el Ministerio Público.

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