La Corte Suprema dejó sin efecto en Osorno la resolución de la Corte de Apelaciones de Valdivia que ordenaba al Servicio de Salud Osorno financiar un medicamento de alto costo para una usuaria local. El fallo definitivo rechazó el recurso de protección que buscaba asegurar la cobertura prioritaria del fármaco Riociguat, cuyo costo anual supera los 28 millones de pesos.
La causa se inició a fines de 2025 y se dirigió contra diversas instituciones de salud pública, con el objetivo de obtener por vía judicial la entrega de este tratamiento específico. En el desarrollo del proceso, la entrega del medicamento había sido aprobada inicialmente durante febrero de 2026.
El caso escaló al máximo tribunal luego de la apelación presentada por el Servicio de Salud Osorno y el Consejo de Defensa del Estado. Con esos antecedentes, la Corte Suprema revisó los argumentos y documentos incorporados al expediente antes de pronunciarse sobre la legalidad de la orden de compra.
El 24 de abril de 2026, la Corte Suprema emitió la sentencia definitiva, revocando irrevocablemente la orden que obligaba a financiar el medicamento. Con esa decisión, el máximo tribunal cerró la vía judicial utilizada para exigir la cobertura del tratamiento.
Los fundamentos del fallo: sin riesgo vital actual y sin cobertura regular
En su análisis, la Corte Suprema planteó que los informes médicos presentados no evidenciaban un riesgo vital actual para la paciente. En esa línea, el tribunal sostuvo que la sola expectativa de beneficios eventuales del fármaco no basta, por sí misma, para imponer su financiamiento mediante una acción constitucional.
Durante la revisión judicial también se constató que Riociguat no integra las prestaciones regulares financiadas por el Fondo Nacional de Salud (Fonasa). A ello se sumó que el medicamento tampoco está incorporado en las Garantías Explícitas en Salud (GES) ni en otros programas especiales estatales vigentes.
Con esos elementos técnicos y legales, los magistrados resolvieron de manera unánime que no correspondía acoger la acción constitucional presentada por la usuaria local, dejando sin efecto lo resuelto previamente por la Corte de Apelaciones de Valdivia.
Servicio de Salud Osorno mantendrá seguimiento clínico y coordinación con el Instituto Nacional del Tórax
Tras la sentencia, el Servicio de Salud Osorno confirmó que mantendrá el acompañamiento clínico integral de la usuaria afectada, dentro del marco legal vigente. La decisión judicial, según lo indicado, no interrumpe el seguimiento sanitario ni las coordinaciones asistenciales en curso.
Este acompañamiento incluye coordinación médica constante con el Instituto Nacional del Tórax. En paralelo, los equipos clínicos continuarán evaluando nuevas alternativas terapéuticas pertinentes, orientadas a resguardar la continuidad de la atención.
El caso quedó zanjado con la resolución del 24 de abril de 2026: la Corte Suprema revocó la orden de compra y rechazó el recurso de protección, estableciendo que el Servicio de Salud Osorno no está obligado judicialmente a financiar Riociguat en las condiciones planteadas.









